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NI DERECHOS NI HUMANOS

  • Romina Mazzaferri
  • 27 mar 2013
  • 3 Min. de lectura

(Para The TG Post. Finalista de concurso Limaclara)

¿De qué hablamos cuando hablamos de derechos humanos?

Para la Real Academia Española, se trata de los derechos fundamentales: “inherentes a la dignidad humana y necesarios para el libre desarrollo de la personalidad”.

Los derechos humanos no son subjetivos Ni parciales. Ni selectivos. No son una garantía de una parte de la sociedad.

No son de derecha ni de izquierda. Los derechos humanos son de todos y para todos (“para todos y todas”, si se quiere).

El domingo 24 de marzo se conmemoró el 37° aniversario del golpe cívico-militar más sangriento de nuestra historia, emblema de la violación a derechos humanos, que desapareció a 30 mil personas, se expropió de bebés nacidos en cautiverio y dejó un país desastroso económicamente, culturalmente, socialmente. Las medidas tendientes a enjuiciar a sus autores y líderes así como el reclamo de memoria, verdad y justicia, son definidas como políticas de derechos humanos. Pero, con el regreso a la democracia tampoco se garantizó el pleno ejercicio de los derechos básicos. Ni se había garantizado antes, cuando aún en democracia, la guerrilla atacó y asesinó. No pueden compararse, eso desde ya; el gobierno militar aplicó un verdadero terrorismo de Estado. Pero las vidas perdidas valen tanto de un bando, del otro o de los que colateralmente murieron sin pertenecer a ninguno.

Si hablamos de derechos humanos tal como los define, a lo largo de sus 30 artículos, la Declaración Universal proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, hablamos entonces de derechos fundamentales que todos los seres humanos tienen sin distinción de raza ni credo. Entre ellos, son los derechos:

  • a la vida, la libertad y la seguridad (art.3),

  • a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (art. 5),

  • a la igualdad ante la ley (art. 7),

  • a circular libremente, elegir su residencia en el territorio de un Estado y a salir de cualquier país, incluso del propio (art. 13),

  • a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (art. 18),

  • a la seguridad social, y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales y al libre desarrollo de su personalidad (art. 22),

  • al trabajo y al descanso (arts. 23 y 24),

  • a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios y seguros (art. 25)

  • a la educación (art. 26).

Si no se garantizan estos derechos fundamentales enumerados en la DUDH, no hay derechos humanos. Ni en los ’60, ni en los ’70, ni en los ‘90 ni en el 2013.

Es interesante que el art 29 de la DUDH establece que cada ciudadano tiene deberes respecto a su comunidad. Si no se cumplen con esos deberes, que todos tenemos, no se puede garantizar los derechos.

Entonces, en lo que respecta a derechos humanos, como ciudadanos de un país que agrede a sus pueblos originarios, que según la Encuesta Permanente de Hogares tiene al 9% de sus habitantes bajo el índice de pobreza e indigencia, donde más de 2 millones de personas carecen de un plato de comida, donde se mata por un par de zapatillas, donde no se reacciona frente a la corrupción cotidiana, donde se acrecienta la desigualdad educativa… todavía nos falta mucho.

 
 
 

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